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LA VICTORIA DEL INDEFENSO

Resolviendo un recurso de 64.596€ por aplicación de peajes injustos en gas

Pese a parecer tenerlo todo en contra y bajo una inminente amenaza de paralizar la actividad industrial por no querer unos recargos desproporcionados en la factura del gas, el desvalido vence al poderoso. En la oscuridad, siempre hay un rayo de luz.

En 2011 una pequeña pyme industrial se acogió al contrato de gas del anterior arrendatario con el fin de hacer una migración rápida a las nuevas instalaciones. A los pocos meses, con un histórico mínimo de consumos, el director financiero detecta unos costes que no correspondían a la poca actividad de la empresa.

Al analizar al detalle la facturación, se detectó que la potencia máxima consumida (Qd máxima ) se sitúaba en 10.088 kWh/día  lejos de la potencia contratada de 75.000 kWh/día. Adicionalmente el consumo anual era de 446.741 kwh muy inferior a los 13,03 GWh/año que figuraban en el contrato.

En consecuencia, se realiza una revisión de las condiciones técnicas del contrato junto al técnico de la comercializadora que recomienda, a fin de no modificar instalaciones, reclasificar las tarifas pasando de 2.4 a 2.1 sin penalización.

Sin embargo a principio de 2012 empiezan a venir recargos por valor de 49.865 € en concepto de penalizaciones por cambio de peaje amparándose la comercializadora en los artículos 4.2 de la orden ITC/3520/2009 y 6.3 de RD 949/2001 que regulan las tarifas por cambio de grupos.

Con el fin de no impactar a la actividad industrial, el cliente decide pagar los consumos pero no los peajes. No conforme con la medida, la comercializadora amenaza en julio de 2012 en cortar el suministro si en una semana no se pagan los recargos.

Preocupados por la situación, el cliente contacta con Lean Focus por su experiencia en casos parecidos.

Después de analizar toda la documentación, Lean Focus se reúne en tres ocasiones en una semana con diferentes estamentos de la comercializadora sin resultado alguno.

Agotadas todas las vías de dialogo, se decide presentar un recurso detallado y argumentado a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial solicitando que (a) se abonen los recargos por peajes; (b) se ratifiquen ciertos errores de facturación detectados; y (c) se haga una retroactividad exacta desde el momento en que se firmó la solicitud de cambio de tarifa.

El 7 de enero de 2013, el cliente recibió la sentencia que obligaba a la comercializadora a devolver la cantidad de 64.596,24 €.

Para bien, el poderoso que se cree invencible aparándose en la ley no siempre vence el desvalido.

Cantidad devuelta
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